miércoles, 29 de marzo de 2017

Glosario- Seguridad jurídica, Información y Petición


Derechos de la seguridad Jurídica


Seguridad Jurídica

La seguridad jurídica, permite una correcta elaboración del Derecho, en cuanto implica la claridad y sencillez de la ley.

Dentro de este orden de ideas, de acuerdo al Diccionario de la Real Academia Española (DRAE), la seguridad jurídica es una cualidad del ordenamiento jurídico, que implica la certeza de sus normas y, consiguientemente, la previsibilidad de su aplicación.

Jurídicamente, es el conocimiento seguro y claro que debe tener todo ciudadano de que su persona, sus bienes, su familia y todos los demás derechos inherentes a la persona serán respetados por la autoridad; y en el caso de que ésta considere que debe alterarlos o modificarlos, necesariamente deberá ceñirse a lo que prevenga la Constitución y las leyes del país de que se trate. Es, en el fondo, la garantía que da el Estado al ciudadano de que su persona, sus bienes y todos sus derechos no serán violentados o que, si esto último llegara a producirse, recibirá la protección necesaria y la reparación de las infracciones cometidas.

Derecho a la Información

El derecho a la información fue agregado como última parte del texto del artículo 6o. en 1977, dentro del proceso de la llama da “reforma política” de ese año que culminó con diversos cambios constitucionales.
El texto constitucional no podía ser más escueto: “el derecho a la información será garantizado por el Estado”.

Este guarda una estrecha relación con las libertades de expresión e imprenta, se ha  considerado oportuno ubicar el derecho a la información dentro de los derechos de seguridad jurídica en virtud de que supone más un instrumento de certeza del derecho, que el ejercicio de una libertad. En este contexto, puede afirmarse que el derecho a la información no es una mera posibilidad de actuar libre de interferencias, si no que requiere de una serie de medidas de carácter positivo por parte del Estado e incluso de los particulares para poder realizarse.

No debe confundirse el derecho a la información con el derecho de la información; el primero es el derecho que tienen todos los individuos a obtener información, tanto de los particulares como de las autoridades. El derecho de la información es el conjunto de normas jurídicas aplicables al proceso informativo, lo que incluye el régimen jurídico de los medios de comunicación, el estatuto profesional de los comunicadores, los derechos de autor de quienes generan información, etcétera.

Derecho de petición

El derecho de petición es aquel que tiene toda persona individual o jurídica, grupo, organización o asociación para solicitar o reclamar algo ante las autoridades competentes (normalmente a los gobiernos o entidades públicas) por razones de interés público ya sea individual, general o colectivo.

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Bibliografía

http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/CCPR.aspx https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/4/1788/19.pdf http://c...